Resumen del Caso
El Tribunal Federal del 5to Circuito concluyó que la Junta de Apelaciones determinó correctamente que la Peticionaria, que había solicitado la cancelación de deportación según la regla especial para cónyuges maltratados, no era elegible para la cancelación de deportación debido que ella nunca había impugnado la orden que reinstauró su deportación, y por lo tanto el estatuto de reincorporación le impidió obtener cualquier alivio migratorio. (Ruiz-Perez v. Garland, 9/30/22)
¿Qué es la cancelación de deportación?
Existen múltiples variantes de la cancelación de deportación, pero en resumen, es un mecanismo en ley que permite a un inmigrante que lleve cierto tiempo viviendo en el país, usualmente 10 años, el permanecer en los EEUU y obtener una residencia mediante una orden de un tribunal.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la cancelación de deportación?
Estar ante un proceso ante el tribunal de inmigración, tener 10 años o más residiendo en el país, tener esposos, padres, o hijos menores de 21 años que sean ciudadanos americanos o residentes y sufrirían un grave daño si la persona sale del país, y mantener buen carácter moral.
¿Qué cambió con la nueva orden del tribunal del 5to circuito?
Ahora para ser elegible se tiene que tener un expediente de inmigración limpio, es decir, no tener órdenes de deportación pasadas, ya sean de un tribunal de inmigración anterior o un agente de inmigración en la frontera.
¿Que se puede hacer si se tiene una orden de deportación pasada y se encuentran en el tribunal de inmigración?
Se debe pedir reabrir la orden pasada y solicitar a los fiscales de inmigración que cambien el proceso de estatuto de reincorporación a un proceso tradicional de remoción, antes de solicitar cancelación de deportación.


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